Estándares para el Agua Potable

Regulaciones relacionadas con la calidad del agua entendida como apta para consumo:

  • La Organización Mundial para la Salud

  • La Organización Mundial para la Salud (OMS), establece algunos parámetros para la calidad del agua potable que son punto de referencia internacional para el marco de estándares y seguridad del agua potable. Los lineamentos guía elaborados más recientemente por la OMS son lo agregados en Ginebra, 1993.

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    Usted notará que no hay lineamientos guía para algunos de los elementos y sustancias que son tomados en cuenta. Esto es porque no ha habido suficientes estudios acerca de las sustancias en el organismo, y por lo tanto no es posible definir un lineamiento límite. En otros casos, la razón para la no existencia de parámetros es la imposibilidad de la sustancia para reaccionar a una concentración dañina en agua, debido a su insolubilidad o su escasez.

  • La Unión Europea

  • La Unión Europea elaboró la Directiva de Consejo 98/83/EC sobre la calidad del agua entendida como apta para el consumo humano, adoptada por el Consejo el 3 de noviembre de 1998. Esta fue elaborada para revisión de los valores paramétricos de la antigua Directiva de Agua Potable de 1980, y fortalecimiento de esta, donde necesariamente concordase con la última investigación científica (lineamientos de la OMS y el Comité Científico en Toxicología y Ecotoxicología). Esta nueva Directiva proporciona una base sólida tanto para los consumidores en toda la UE y los proveedores de agua potable.

    Haga clic aquí para revisar los estándares de agua potable de la Unión Europea.

    Estos fueron los principales cambios en los valores paramétricos:

    Plomo: los lineamientos fueron reducidos de 50 µg/l a 10 µg/l, y fue definido un periodo de transición de 15 años para permitir el reemplazo en las tuberías de distribución de plomo.

    Pesticidas: los valores para sustancias individuales y para pesticidas totales fueron retenidos (0.1µg/l / 0.5µg/l), como plus adicional, fueron introducidos más valores rigurosos para ciertos pesticidas (0.03 µg/l).

    Cobre: el valor fue reducido de 3 a 2 mg/l.

    Algunos estándares nuevos fueron introducidos para nuevos parámetros como los trihalometanos, los tricloroetanos y los tetracloroetanos, el bromato,la acriloamida, etc.

    Haga clic aquí para revisar la tabla comparativa de los estándares de agua de la OMS y la UE.

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